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      8-Medidas sociales. Ley de Dependencia.
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    1-Introducción     5-Una nueva situación
    2-Cambios físicos     6-La vivienda
    3-El afecto y la sexualidad     7-Cuidar de otros
    4-Economía     8-Medidas sociales. Ley de
      Dependencia.
   

9. Entrada en vigor y calendario de aplicación de la Ley

¿Cuándo entra en vigor la Ley de Dependencia?

La ley entró en vigor en todo el Estado español el día 1 de enero de 2007, estableciéndose un plazo máximo de tres meses para la constitución del Consejo Territorial del SAAD (ocurrido el 22 de enero de 2007) y de otros tres desde su constitución para que el gobierno y las comunidades autónomas acordasen el baremo, los servicios y las cuantías de las prestaciones económicas que recibirán las personas mayores y las personas con discapacidad que no pueden valerse por sí mismas.

¿Cuál es el calendario de aplicación de la Ley de Dependencia?

La efectividad del derecho a las prestaciones de dependencia de la ley se realizará progresiva y gradualmente a partir del 1 de enero de 2007 de acuerdo al siguiente calendario:

  • 2007, personas valoradas con un Grado III de gran dependencia, niveles 2 y 1.
  • 2008-2009, personas valoradas con un Grado II de dependencia severa, nivel 2.
  • 2009-2010, personas valoradas con un Grado II de dependencia severa, nivel 1.
  • 2011-2012, personas valoradas con un Grado I de dependencia moderada, nivel 2.
  • 2013-2014, personas valoradas con un Grado I de dependencia moderada, nivel 1.

¿Qué personas en situación de dependencia pueden ser atendidas en 2008?

En 2008, se atenderá a las personas reconocidas con gran dependencia (personas mayores o con discapacidad gravemente afectadas que necesitan ayuda varias veces al día o supervisión y apoyo generalizado para su autonomía personal) y con dependencia severa Grado II, nivel 2 (personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día pero no requieren el apoyo permanente de un cuidador o tienen necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal).

Conforme al calendario de aplicación de la ley, hasta 2015 se irán incorporando paulatinamente el resto de personas valoradas con dependencia severa (Grado II, nivel 1) o moderada.

Fuente: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Para más información sobre prestaciones económicas, trámites y otros asuntos, pueden consultar la web: http://www.saad.mtas.es/portal/
Atención telefónica: 900 40 60 80.
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